sábado, 23 de agosto de 2008

¿LA PROPINA ES PARTE DEL SALARIO?

Es importante determinar cuáles son los diferentes conceptos que forman parte del salario, entendiendo este según lo establece el art. 113 de la Ley Orgánica del Trabajo como “la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio y entre otros comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades […]” Se han presentado disyuntivas a cerca de este tema, que en su mayoría han llegado a la conclusión de que efectivamente, las propinas forman parte del salario, pues terminan siendo pagadas al trabajador y conforman los ingresos que este percibe por el servicio que presta, independientemente de que dicho pago lo haga directamente el cliente, mas como gratificación por la atención recibida. Lo cual implica, que este tipo de remuneración cumple con características como la regularidad, permanencia y libre disponibilidad del trabajador, a pesar de que depende de la voluntad del cliente y puede darse como una ganancia adicional para el trabajador, como lo señala Juan Pozzo. En este sentido, vale mencionar que para estos casos, el trabajador desempeña sus actividades en establecimientos frecuentados por clientes (restaurantes por ejemplo), que consumen y son atendidos por estas personas, además en la vida real –bajo regulación jurídica o no- adicional al pago que realiza por esos consumos, el cliente de forma gratificante y reconociendo la labor del empleado, ofrece de manera voluntaria un dinero, sin importar el monto, que va a incrementar su patrimonio, y lo percibe como un derecho originado de la costumbre, pues se estilan estos hechos en nuestro país.
Fuente Consultada: República Bolivariana de Venezuela, Ministerio del Trabajo, Consultoría Jurídica nº 69(http://www.mintra.gov.ve/consultoria/dictamenes/dictamen69.html)

LOS PROCEDIEMIENTOS ADMINISTRATIVOS LABORALES EN MATERIA DE SERGURIDAD SOCIAL

El Estado venezolano, debe ejecutar dentro de sus políticas públicas o cometidos de Estado a la Seguridad Social, estando esta conformada por un conjunto de leyes que regulan cada uno de sus componentes. La Seguridad Social, esta contenida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como garantía, derecho y a su vez como servicio publico para proteger a las personas en diferentes contingencias, en el ámbito de salud, maternidad, vejez, vivienda y hábitat, entre otros. En este sentido, la misma Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Define al Sistema de Seguridad Social como un servicio público que tendrá bajo su responsabilidad el aseguramiento de la contingencia que conforma el derecho constitucional de la Seguridad Social, visto a la vez como Derecho Humano. Esta Seguridad Social, otorga por su parte, diferentes prestaciones como el régimen prestacional de servicios sociales al adulto mayor y de otras categorías de personas, de pensiones y otras aseguraciones económicas, de empleo, de seguridad y salud en el trabajo, de vivienda y hábitat; su basamento jurídico se encuentra en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las distintas leyes y reglamentos que regulan a cada una de estas prestaciones. En lo que respeta a los procedimientos administrativos, estos pueden ser sancionatorios y no sancionatorios y se aplican una vez cumplidos una serie de requisitos, como por ejemplo la obligación del empleador en cuanto a la afiliación al Sistema de Seguridad Social de su empresa y de sus trabajadores, facilitando para ello toda la información y procesos necesarios y así poder percibir l beneficio. De no cumplir con todo eso, pues se sancionará de acuerdo al procedimiento administrativo que aplique al caso. En cuanto a la prestación de carácter económico, el trabajador debe haber generado un mínimo de 12 cotizaciones durante los 24 meses anteriores a la solicitud de dicha prestación. No obstante, el Sistema de Seguridad debe a su vez otorgar prestaciones de servicios, lo cual, también va acompañado de un procedimiento administrativo y en caso de no cumplir con lo requerido para ello, pues traerá como consecuencia un procedimiento sancionatorio. Es importante tener en cuenta que estos procedimientos administrativos en materia de seguridad social, están inmersos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y que es necesario que estén inmersos a la vez en toda reglamentación que conlleve al mejor desarrollo de lo concerniente a la seguridad social, además de hacer énfasis en el conocimiento por parte tanto de los empleadores como de sus trabajadores de cada uno de estos procedimientos y así lograr un mejor implemento de la ley que los protege y los sanciona de acuerdo al caso.
Fuente Consultada: Mora,Freddy. Los Procedimientos Administrativos Laborales en materia de Seguridad Social.(http://saber.ula.ve/visiongerencial). Edición especial, 2007

EVOLUCIÓN CONCEPTUAL DEL DERECHO DE HUELGA.

El ámbito de la jurisprudencia, no escapa a esos procesos de transformación que perfeccionan las dimensiones de las leyes; a esta realidad no se escapa la frase tan popular en el ámbito laboral denominada derecho de huelga; que realmente no es solo una frase sino que es un derecho inserto en la legislación laboral y que en el tiempo a evolucionado como parte de estudios profundos en el derecho administrativo, logrando ampliar su concepto según la característica de las situaciones que lo ameriten; masificando así su objeto de regulación motivado a la evolución de su base normativa y la reforma de conceptos filosóficos, sociológicos y políticos.

Las huelgas, manifiestan la contrariedad de las partes según sus intereses involucrando en su esencia la igualdad de derechos que ambas poseen, pero que chocan entre ellos generando conflictos que el Estado, entre otros entes; deben buscar un consenso para poder garantizar la prestación de un bien o servicio que un grupo o colectivo suspendió para conseguir un objetivo laboral que beneficie a la masa que representa.

El derecho de huelga, es el resultado de un reclamo laboral que llega a convertirse en conflicto; que se genera cuando hay una situación de desgaste en negociaciones previas que no se lograron resolver por otros medios, esta actividad por su trascendencia en la sociedad ha llegado a tomar dimensiones de reconocimiento como derecho humano.

Es tan importante el avance del mismo a través de los años y en las diversas civilizaciones; que ha trascendido de ser una prohibición absoluta a ser reconocido en la Ley como un derecho legalmente establecido pasando para ello por diversos periodos hasta lograr consolidarse basándose en tres teorías que apoyan su existencia como lo son el derecho potestativo, derecho de la personalidad y el derecho de equilibrio social. La lucha no ha sido fácil, la historia demuestra con hechos que para llegar a tener este rango de Ley se han afrontado múltiples conflictos, quedando aun insuficiencias en los regimenes jurídicos; que considero que como parte de la evolución de su concepto se optimizara con nuevas e innovadoras propuestas.
Fuente Consultada: Mirta Gladis Sotelo de Andreau. Evolución Conceptual del derecho de Huelga. (http://www.iaba.org/law%20Review_Vol%203/LawReview_3_MSAndreau.html)

EL MOVIMIENTO SINDICAL VENEZOLANO EN LA EPOCA DE LA MUNDIALIZACIÓN: LA TRANSICIÓN DEL “PUNTOFIJISMO” AL “BOLIVARIANISMO”.

A partir de 1958 se inicia en Venezuela la denominada apertura democrática y los cambios políticos, económicos, sociales y culturales que para la época actual aun repercuten en la memoria del colectivo, la realidad sindical de estos periodos y sus transformaciones es el objeto de este análisis. El proceso denominado “puntojista” nace de acuerdos resultantes entre los partidos políticos tradicionales y el designado “bolivariano” que emerge como resultado del triunfo de un nuevo partido político y la entrada en vigencia de una nueva Constitución.
Las etapas de la evolución sindical poseen una razón de ser; pasando desde sus inicios del sindicalismo politizado al neocorporativismo, posible desintegración y el periodo de transición, cumpliendo ciclos como los representados por la CTV que participa haciéndole propuestas al estado sin alcanzar mucho exitoso por falta de apoyo colectivo, entendiendo que solo se iniciaba el movimiento sindical en el país y que a pesar de la apertura petrolera en Venezuela la situación financiera no fue muy favorable, pasando de la negociación colectiva a decretos y leyes para poder garantizar los salarios y el cumplimiento de las reivindicaciones laborales y poder detener el deterioro social que se estaba agudizando, llegando incluso el estado a subsidiar a las empresas para incrementar su fuerza laboral. Para 1992 las instituciones sindicales evidenciaban su falta de autonomía ante un estado que ignoraba y marginaba al movimiento sindical y que después de insurrecciones militares, cambios políticos y descontento social el gobierno, no lograba sostener el gasto social, concertando reformas que a largo plazo perjudicarían más al país y que las cúpulas sindicales directa o indirectamente se convirtieron en cómplices al asumir una posición pasiva al intento del estado por reprimir inconstitucionalmente las huelgas desamparando así a la clase trabajadora y resintiendo su relación. La Constitución de 1999 en cuanto al ámbito sindical establece ampliar las bases de un régimen de libertad sindical, que en la práctica principalmente por los constantes conflictos entre el gobierno y el gremio, pasando por cualquier cantidad de atropellos, además del temor que el gobierno limité la función del sindicato; hacen que se considere lejana esa posibilidad.
Fuente Consultada: Francisco Iturraspe. El movimiento sindical venezolano en la época de la mundialización: la transición del “punto fijismo” al “bolivarianismo”. (http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/ar/libros/garza3/iturraspe.pdf)

EL MOVIMIENTO SINDICAL ANTE LAS NUEVAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO.

En el campo laboral los individuos asumen cada vez mayores retos al momento de producir bienes y servicios, ellos se ven inmersos en exigencias de capacitación acordes con los tiempos modernos para poder cumplir con los estándares establecidos por las empresas en cuanto a producción esto ha conllevado a que las empresas y sus trabajadores deban amoldarse a requerimientos de organización, acción que repercute también en las nuevas prácticas del movimiento sindical. Un sistema productivo genera una serie de interrelaciones entre los entes involucrados, donde cada individuo posee una necesidad que necesita satisfacer actuando en forma conjunta para contribuir a lograr los objetivos de la empresa, consolidando un logro que solo es posible alcanzar cuando se presenta una organización del trabajo donde todos ganan; esta situación es factible tanto en empresas públicas como privadas.

En América Latina la situación laboral de una gran parte de la población es vista desde otra perspectiva, principalmente por que las organizaciones sindicales parecen haberse quedado con los métodos del pasado, es decir no se actualizan al nivel que los cambios organizacionales lo requieren evidenciando carencia de estrategias para afrontar las nuevas formas de trabajo, falta de acuerdos y consenso entre las partes, esto puede acarrear como consecuencia la falta de un liderazgo al momento de buscar soluciones a problemas globales, crisis que incluso pone en riesgo su mejor herramienta, confrontar desde la calle sus derechos laborales. Otras situaciones como empleos inestables, malas remuneraciones, disminución de la taza de afiliación, fusión, reducción y cierre de empresas hacen que la exclusión se incremente debilitando así la institución organizativa, hasta el punto de escuchar a sectores de producción proponiendo la declinación de las prácticas sindicales planteando la desindicalización como una manera de individualizar la relación de trabajo, expresión que surge principalmente como una forma de reclamo a la falta de compromiso con aquellas partes de la población que se han visto afectadas por la práctica de algunos sindicatos que trabajan como proveedores de fuerza de trabajo pero con interese oscuros y mezquinos.
Funte Consultada: Héctor Lucena. El movimiento sindical ante las nuevas formas de organización del trabajo.(http://www.nuso.org/upload/anexos/foro_924.pdf)

EL TELETRABAJO Y SU ENCUADRAMIENTO JURIDICO DENTRO DEL DERECHO LABORAL.

El teletrabajo viene a constituir una nueva modalidad en el campo laboral, el mismo persigue que las empresas logren producir una reducción considerable de los costos, un aumento en la productividad y el acercamiento más provechoso con el cliente. Este trabajo esta basado en la manipulación de los medios tecnológicos, informáticos y telecomunicacionales, a través de los cuales se dan a conocer todos los movimientos, procesos y avances del negocio que se persigue. Este medio laboral se ejecuta fuera de la estructura física de la empresa lo que indica que el patrono no esta en constante observación con el trabajo que realiza su empleado, aunque esto no quiere decir que el mismo no sea supervisado, sin embargo esta modalidad de empleo no se puede catalogar como trabajo a distancia. Este modelo de servicio laboral da oportunidad para que personas con deficiencia o discapacidad puedan trabajar.

El teletrabajo también se realiza por prestación de un servicio propio, es decir cuando es realizado por cuenta propia; se esta entonces en presencia de un trabajo autónomo, se debe aclarar que esta modalidad no se compagina con ningún articulo legal. Existe el teletrabajo que es realizado por cuenta ajena, será entonces, un teletrabajador subordinado, es decir que tiene un jefe. Esta prestación de servicio laboral no esta explícitamente enunciada en la ley, sin embargo por ser este un servicio personal ejecutado por el teletrabajador y por existir un receptor de la prestación distinto al prestatario de la misma, se considera que existe presunción con la relación de trabajo prevista en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, igualmente el artículo 67 de dicha ley se ajusta también al teletrabajo subordinado.

De allí se desprende que las normas que rigen al inicio de la relación laboral en Venezuela son perfectamente aplicables a la modalidad del teletrabajo, así como a otras formas de trabajo que a simple vista parecieran desprotegidas, pero que nuestro ordenamiento jurídico no permite que esto suceda, aun cuando parecen situaciones laborales vulnerables.
Fuente Consultada: Sulmer Ramírez Álvarez. El teletrabajo y su encuadramiento jurídico dentro del derecho laboral.(http://www.ieid.org/congreso/ponencias/Ramirez&20Colina,%20Sulmer%20Paola.pdf)

LA PRECARIEDAD LABORAL Y SU INCIDENCIA EN LAS POLÍTICAS SOCIALES DE LA V REPÚBLICA: UNA MIRADA ESPECIAL A LAS MISIONES.

Luchar contra el hambre y la pobreza es una noble acción que solo puede motivar apoyo y simpatía de todas las personas de cualquier raza, sexo, religión o nacionalidad, que en cualquier lugar del planeta siente ofendida su sensibilidad por el crudo contraste entre las maravillas tecnológicas hoy disponibles y la triste realidad de hambre y pobreza para millones de sus habitantes. Son muchos los que se han dado a la tarea de buscar una solución que contribuya a mejorar la vida de los que padecen hambre y se debaten en la pobreza, pero los resultados han sido poco viables. La injusticia e irracionalidad en el orden social y económico crece cada día y engendra tales realidades. Se han propuesto metas los medios internacionales pero es angustioso ver como no se están cumpliendo y allí esta inclaustrado ese elemento que contribuye al deterioro del ser humano y por ende de un país, el desempleo, flagelo que afecta al tercer mundo y sectores vulnerables del mundo desarrollado. Los recursos financieros son importantes y deben ser aportados, en primer lugar por aquellos que los tienen y participan de la depredación que gobierna este orden económico. La precariedad laboral no se combate sólo con mayores recursos financieros; son necesarios pero no suficientes.

Las misiones sociales venezolanas, como experiencia inédita en el mapa social de América Latina y el Caribe, surgieron en el gobierno actual, precisamente como expresión del desarrollo en la búsqueda de soluciones verdaderas a los singulares problemas de la población. Estos programas no son de beneficencia aunque todos benefician o tratan de apalear los problemas de los pobres, sin embargo hay que estar claros, es difícil que estos contrarresten el desempleo, la desocupación y los cada vez mayores empleos informales cuyas condiciones de trabajo son precarias y que afectan al sector no solo en el aspecto político o social, sino en el económico afectando a corto, mediano y largo plazo las mejoras en el sector productivo. Las misiones cumplen una función social pero no garantizan mejoras a las condiciones labores de los habitantes del país.
Fuente Consultada: Salazar borrego, Neiza y Rivas Torres Frank. La precariedad laboral y su incidencia en las políticas sociales de la V República; Una mirada especial a las misiones. Visión Gerencial. Enero- Agosto 2004. (http://www.saber.ula.ve/visiongerencial)

LOS PARADIGMAS DE LA PRODUCCIÓN Y SU IMPACTO EN EL MERCADO LABORAL

La revolución en el trabajo no se ha quedado solamente en el siglo XVIII, no, ha ido en un constante avance, en pro del bienestar y progreso de la economía. Todas estas transformaciones también han llevado a cambios en las estructuras de las relaciones de trabajo, dando lugar a variaciones profundas, que para algunos es fácil de manejar pero para otros les costaría su puesto. Es decir, los avances son tan profundos que allí no vale la experiencia o los largos años de trabajo que se tengan, pues si no se saben manejar equipos nuevos, o si no se posee la técnica y los conocimientos requeridos para la manipulación de los mismos, se estaría de más en la empresa.

Todo esto ha llevado a la creciente división del trabajo y cualificación del trabajador. Esta excesiva división del trabajo permitió diseñar maquinas que realizan de manera automática todos esos movimientos, con lo cual las cualificaciones humanas resultan no necesarias. Sin embargo hay quienes consideran que estos cambios son positivos, pues al mismo tiempo que el trabajador esta aprendiendo incrementa su calificación. Otros piensan que trabajadores que no están especializados o que no poseen avanzados conocimientos siempre estarán a la deriva, irán de un empleo a otro.

La flexibilidad del trabajo se ha extendido en el ámbito mundial y Venezuela no es la excepción aunque esta se ve reflejada en un grado mucho menor que en otros países. Para muchos esta acción incluye exclusión, desarraigo, incertidumbre, aumento de desigualdad, y otros casos. Otros creen que así se avanza más y mejor, que el trabajo se hace más productivo, creativo y se valora el trabajo en equipo, además que la búsqueda de trabajadores con conocimientos genera más empleos.

Desde años atrás siempre han existido y apostado dos partes, los detractores y los propulsores, es decir, los que ven los cambios como una amenaza y los que los consideran como una oportunidad, tal vez este trabajo flexible incumbe a ambos casos.
Fuente Consultada: Peñaloza, Marlene. Los paradigmas de la producción y su impacto en el mercado laboral. Mayo- Agosto 2007, No. 47(http://www.saber.ula.ve/fermenturr./)

viernes, 22 de agosto de 2008

LA NUEVA VISIÓN DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN LAS EMPRESAS VENEZOLANAS.

Según la información observada en esta investigación documental de campo, en Venezuela se desarrollan cambios que se consagran en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de trabajo, por tal motivo es necesario que el empleador cumpla con los requisitos exigidos en el área preventiva y garantice un ambiente un ambiente de trabajo saludable, higiénico y seguro; tanto para el estado físico como mental de los trabajadores, donde se permitan aspectos como tiempo libre, descanso, desarrollo intelectual y la disminución de la vulnerabilidad y el riesgo de accidentes, como el uso de equipos de seguridad y protección personal, entre otros, en las condiciones de trabajo que se halla establecido la relación laboral, ya que esta acción beneficiara ambas partes, pues el trabajador cuenta con la protección necesaria para desarrollar su trabajo y el patrono cumple con lo establecido en el ordenamiento jurídico garantizando su actividad económica y también puede lograr una mejor productividad.

Sin embargo las estadísticas demuestran un gran número de accidentes y de fallecimientos en diversos sectores, unos por el tipo de trabajo más vulnerables que otros, pero que igualmente reflejan la importancia de la creación de los Comités de Seguridad y Salud Laboral, para capacitar al trabajador y que los mismos formalicen las condiciones estratégicas de control de ambientes de peligro en el área de trabajo y así poder prever situaciones de riesgo de accidentes y/o enfermedades ocupacionales. Estos Comités se deben establecer igualmente en empresas públicas como privadas, para que se encarguen de crear, regular y supervisar las políticas, programas y acciones en materia concerniente a seguridad y salud en el trabajo y deben registrarse así como presentar informes periódicos en el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral. Es muy importante que al constituir el Comité esté conozca perfectamente sus atribuciones y facultades ya que esto garantizara su funcionamiento; las atribuciones y facultades de los(as) delegados(as) de prevención; para satisfacer las condiciones de trabajo adecuadas; para ello también podemos contar con organismos del Estado que pueden asesor a los Comités y estos convertirse en multiplicadores de la preparación y prevención de accidentes en el campo laboral.
Fuente Consultada: Cabeza R, María Alejandra. La nueva visión de los comités de seguridad y salud en las empresas venezolanas. Julio- Diciembre 2007. (http://www.saber.ula.ve/visiongerencial)

AVANCES Y PROBLEMAS EN EL USO DE CONTROL NÚMERICO EN EL PAÍS.

En el contexto empresarial venezolano y debido al desarrollo de las nuevas tecnologías; se ha incorporado el uso del control numérico computarizado como una nueva dinámica de trabajo en los sectores de producción del país con las mejoras y las dificultades que su uso presentan dentro de las organizaciones. Aun cuando para los usuarios del CNC pasen desapercibidos esta modalidad influye en el proceso de producción flexible principalmente en el área de tecnología, la organización de la producción y el servicio de mano de obra. A nivel tecnológico, en el uso de equipos para mejorar la fabricación, desarrollo y diseño del producto terminado, fabricándolos con mayor precisión, rapidez y favoreciendo el ahorro de tiempo, material, herramientas y divisas; pero para el logro de estas bondades se corre el riesgo de la no aplicación de una tecnología adecuada que se adapte a los canon de producción, falta de dominio técnico tanto en la programación, uso o por algún desperfecto y por las innovaciones casi diarias en los equipos ocasionando retraso en los procesos no automatizados, en la entrega del producto terminado y aumento de la capacidad ociosa y por ende perdidas monetarias.
Para la organización de la producción flexible de las empresas en el país, se esta incorporando el uso de las tecnologías para la fabricación asistida con la finalidad de mejorar los costos de la producción y controlar las tareas de fabricación para adaptarlas a las necesidades especificas de la empresa o ha situaciones particulares del producto terminado; ya que su uso ofrece significativas ventajas al pasar a un modelo automatizado, encontrando mejoras en aspectos de control de stocks de inventarios, mejoramiento de la calidad de insumos por la reducción de costos en otras áreas y hasta la oportunidad de establecer mejoras en la relación con proveedores y clientes, sin embargo existen algunos aspectos que pueden entorpecer como el uso no optimo o adecuado del equipo, la no precisión de los costos por fases en el proceso productivo. En cuanto a la mano de obra, es flexible, se emplea a trabajadores adecuados para realizar su labor, o se le brinda entrenamiento, se realiza rotación de personal, pero se comete el error de pensar que las rutinas de programación y la acción productiva son distintas colocando límites a procesos como control de calidad y resolución de problemas básicos. Esta situación esta cambiando en aquellas empresas que van de la mano con los avances tecnológicos de una manera organizada y planificada.
Fuente Consultada: Consuelo Iranzo. Avances y problemas del uso del control numérico en el país.(http://www.revistaespacios.com/a89v10n01/98100121.html)

DETERMINANTES ESTRUCTUTALES DE LA SOBREEXPLOTACIÓN DEL TRABAJO FEMENINO EN VENEZUELA.

El trabajo como su misma palabra lo indica significa fuerza y es de allí de donde muchos suelen agarrarse para hacer en el trabajo a las mujeres más débiles, según ellos; trabajar implica intensidad, prolongación de la jornada y fortaleza, lo que hace que muchas mujeres no soporten las duras faenas a que son sometidas; es decir son explotadas. Esto cataloga al sexo femenino como menos rentable, con más desventajas que el masculino. Como consecuencia a este comportamiento surge la exclusión, el manejo del trabajo informal, aumento del desempleo femenino, mayor incidencia de enfermedades ocupacionales, disminución de la remuneración y otros más.

La mayoría de las mujeres desempleadas y agobiadas por la crisis económica que enfrentan en sus hogares a falta de otro sueldo, deciden enfrentar los problemas en las calles, realizando actividades informales a sabiendas que sus ingresos van hacer muy bajos y no gozarán de la protección social que se brindan en ámbitos empresariales o microempresas. Existe una gran discapacidad de género en el campo laboral lo que acrecienta la desvalorización y descalificación de la mujer. Sin embargo recientemente algunos consideraron buena la incorporación de la mujer al trabajo pero en el puesto la tercerización. Esta tercerización se refiere a oficios que se interpretan como “propios de mujer” tales como cocinar, lavar, educar, atender al público, administrar organizaciones simples. Son caracterizadas para trabajar “aparentemente” en tareas simples y sencillas.

Se puede decir entonces que el sector más afectado por la aplicación de políticas de ajustes es el femenino. Sigue existiendo contradicción entre el tratamiento de géneros, siguen pensando de que es el hombre quien trabaja y rinde más, es tan notoria esta situación que hasta en los cargos sindicales, es la mujer la que representan puestos de bajo perfil o que no influyen directamente en la toma de decisiones, aun cuando actualmente existen evidentes excepciones con mujeres trabajando en altos cargos y que con cuya eficacia y eficiencia revindican a la multitud de mujeres venezolanas que se esfuerzan para llevar el sustento a sus hogares.
Fuente Consultada: Leticia Barrios Graziani.Determinantes estructurales de la sobreexplotación del trabajo femenino en Venezuela. (http://www.wlac03.ula.ve/cgiwin/be_alex.exe?Autor=Barrios+Graziani,+Leticia&Nombrebd=SSABER&TSalida=)

EL PROCESO DE REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELA: UNA VISIÓN DESDE EL MOVIMIEMTO SINDICAL VENEZOLANO (CTV)

El desajuste y desgaste político, a finales de los años setenta debido a la incapacidad del Estado para impulsar la producción de un mercado nacional, así como también al contorno social, a la falta de capacidad de organización, a la crisis económica que se acrecienta, a la falta de una alta ideología, entre otras opciones. Todo sin lugar a dudas conlleva al creciente e inevitable aumento de la pobreza, ya que con esos vicios el Estado es incapaz de satisfacer demandas de empleo productivo, lo que se entiende como el deterioro acelerado de las condiciones de vida de la población. Es por todos estos factores que la población carece de seguridad social, seguridad que pretende garantizar protección a toda la sociedad mediante una serie de disposiciones públicas, pues la misma integra en todo su ámbito al seguro social, la asistencia social. Las prestaciones que se financian con los ingresos generados por el Estado, las asignaciones familiares y las casas de previsión. Pero todo esto entro en crisis durante los 80 y 90 y ni con las reformas que se han hecho se ha logrado superar tal eventualidad, esto según estudiosos de las sociedades de América Latina.
En Venezuela la reforma de la Seguridad Social se inicia a finales del año 1980, todo ello surge debido a la crisis que atravesaba el Seguro Social. El capital designado para este ente y destinado a la solución de muchos casos, nunca llego a su destino, fue utilizado para otros planes que contribuyeron a costear corrupción y clientelismo político. Fue entonces cuando el gobierno de Rafael Calderas asume el compromiso de “reestructurar integralmente el Sistema de Seguridad Social”; es decir perseguían brindar a los trabajadores mayor y mejor seguridad social, sin embargo esto se quedo en papeles, no se observaron cambios importantes, sino la repetición y copia de otros modelos… Siguen los gobiernos y las reformas; pero el progreso del sistema de seguridad social se ve muy lejos de lo que establecen los basamentos legales.
La pobreza se agudiza cada día más, los beneficios nunca llegan al pueblo, los pocos que tienen la oportunidad en un trabajo digno, poseen un ingreso que no alcanza para cubrir el costo de la canasta básica. La seguridad social abarca a todos, es por ello que una reforma debe perseguir la incorporación de todos los sectores, no solo el sector estructurado, sino también el sector no estructurado, pues son todos habitantes de esta patria y como tal tienen derecho a ser participe de las ganancias que el Estado recibe por sus riquezas.
Fuente Consultada: Barrios Graziani, Leticia. , Armando J. Camejo Ruiz. El proceso de reforma de la seguridad social en Venezula; una visión desde el movimiento sindical venezolano (CTV). (http://www.scielo.org.ve.scielo9.php?script=sci arttext&pid=S131585972007000100001&Ing=pt&nrm=iso)